Versión 2.0
Fecha de entrada en vigor: 01/07/2026
Idioma original: español
Nota de versión 2.0. Esta versión no introduce cambios sustantivos respecto de la v1.0. Las reglas sobre contenido prohibido, los canales de denuncia y los procedimientos del DSA son independientes del modelo fiscal y de pago del servicio. Se reedita como v2.0 únicamente para mantener la coherencia de versionado y de fecha de publicación con el resto del conjunto de documentos legales de dScrt (Términos y Condiciones, Términos para Proveedores, Política de Reembolsos y Política de Privacidad).
La presente Política de Contenido Prohibido (en adelante, la "Política") establece los tipos de contenido y conductas que no están permitidos en dScrt, los mecanismos para denunciarlos, los procedimientos internos de revisión y las consecuencias de su incumplimiento.
Esta Política forma parte integrante de los Términos y Condiciones de Uso y se complementa con la Política de Privacidad, los Términos para Proveedores y la Política de Reembolsos.
Está redactada en cumplimiento del Reglamento (UE) 2022/2065 de Servicios Digitales (en adelante, "DSA"), de la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, del Reglamento (UE) 2021/1232, de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (en adelante, "LSSI-CE") y demás normativa aplicable.
Sección 1 — Principio general y régimen de intermediación
1.1 Naturaleza del servicio
dScrt es un servicio de mensajería privada que pone a disposición de sus usuarios herramientas de comunicación uno-a-uno y en grupos creados por invitación directa. dScrt no aloja un feed público ni un escaparate accesible a usuarios no invitados. Las comunicaciones se producen en entornos privados entre personas que se conocen previamente o que han establecido el contacto de forma voluntaria.
1.2 Régimen legal de intermediación
dScrt actúa como prestador de servicios de alojamiento de datos en el sentido de los artículos 4 a 6 del DSA y del artículo 16 de la LSSI-CE. En consecuencia, dScrt:
- No tiene la obligación general de supervisar los contenidos privados que los usuarios intercambian a través del servicio (artículo 8 DSA).
- No tiene conocimiento efectivo de la existencia de contenido ilícito hasta que recibe una notificación fundada o un requerimiento legítimo de autoridad competente.
- Actúa con la diligencia debida para retirar o bloquear contenidos cuando tiene conocimiento efectivo de su carácter ilícito.
1.3 Equilibrio entre privacidad y prevención del ilícito
dScrt protege la privacidad de las comunicaciones entre usuarios mediante cifrado AES-256 en reposo y TLS en tránsito, conforme a la Sección 4 de la Política de Privacidad. dScrt no implementa cifrado extremo a extremo precisamente para poder cumplir las obligaciones de moderación reactiva descritas en esta Política y, muy especialmente, el protocolo de tolerancia cero ante material de abuso sexual a menores.
1.4 Responsabilidad del usuario
Los usuarios son los únicos responsables del contenido que generan, comparten y reciben a través de dScrt. La aceptación de los Términos y Condiciones implica el compromiso de no utilizar el servicio para los fines prohibidos en esta Política.
Sección 2 — Material de abuso sexual a menores (CSAM): tolerancia absoluta cero
2.1 Prohibición absoluta
Está terminantemente prohibido crear, almacenar, compartir, distribuir, solicitar, ofrecer, comerciar o referenciar de cualquier forma material que represente, simule, sugiera o promueva el abuso sexual de menores de edad. Esta prohibición se extiende, sin limitación, a:
- Imágenes, vídeos, audios, dibujos, ilustraciones generadas por inteligencia artificial, descripciones textuales o cualquier otro formato.
- Contenido en el que aparezcan menores en posturas, vestimentas o contextos sexualizados, aunque no exista desnudez explícita.
- Contenido en el que se simule la edad de menores en personas adultas con la finalidad de evocar la pornografía infantil.
- Conductas de grooming (acercamiento sistemático con fines sexuales a un menor) o tentativas demostrables de las mismas.
- Conductas de sextorsión dirigidas a menores.
- La solicitud de material a un menor, con independencia de la respuesta del menor.
- Cualquier intercambio o tráfico de material relacionado con explotación sexual infantil.
2.2 Tolerancia absoluta cero y protocolo de emergencia
dScrt aplica una política de tolerancia absoluta cero. Toda denuncia con motivo CSAM activa de forma automática e inmediata el siguiente protocolo:
- Suspensión cautelar de la cuenta denunciada por un periodo inicial de hasta 24 horas, prorrogable mientras dure la investigación.
- Preservación forense de las evidencias en almacenamiento aislado (
csam-evidence-locked), con cálculo de hash SHA-256 para garantizar la integridad probatoria.
- Notificación urgente al equipo de dScrt para revisión humana en plazo inferior a 24 horas.
- Generación de borradores de reporte dirigidos a las siguientes autoridades, validados manualmente por el equipo de dScrt antes de su envío para evitar reportes infundados a las autoridades:
- Notificación al denunciante confirmando el escalado a las autoridades competentes.
- Conservación forense de las evidencias durante doce (12) meses a contar desde la denuncia, conforme al Reglamento (UE) 2021/1232 y al artículo 17.3.b RGPD (cumplimiento de obligación legal). Si existe procedimiento judicial activo, las evidencias se conservan hasta que la autoridad lo autorice expresamente.
- Cooperación plena y proactiva con las autoridades judiciales y policiales en cuantos requerimientos legítimos formulen.
2.3 Razón técnica del modelo
Esta política es la principal razón técnica por la cual dScrt no implementa cifrado extremo a extremo. Sin la posibilidad técnica de acceder al contenido denunciado, sería imposible cumplir las obligaciones derivadas de:
- La Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
- El Reglamento (UE) 2021/1232 sobre la detección y reporte de CSAM en servicios de comunicaciones interpersonales.
- El artículo 16 del DSA sobre mecanismos de notificación y acción.
- La cooperación con autoridades prevista en el artículo 11 de la Ley 25/2007.
2.4 Sin excepciones, sin atenuantes
No se admiten alegaciones de "broma", "investigación periodística", "denuncia social" ni cualquier otra justificación para la posesión, intercambio o difusión de CSAM. Cualquier propósito legítimo de investigación o denuncia se canaliza necesariamente a través de las autoridades competentes, no a través del intercambio del material.
Sección 3 — Otros contenidos y conductas prohibidas
Sin perjuicio del régimen específico anterior, queda expresamente prohibido el uso de dScrt para los fines siguientes.
3.1 Violencia gráfica y daño físico
- Imágenes o vídeos de violencia gráfica, gore, mutilaciones, torturas o ejecuciones reales.
- Contenido que muestre lesiones autoinfligidas o promueva el suicidio, la autolesión, los trastornos alimentarios o cualquier otra forma de daño autodirigido.
- Apología, glorificación o celebración de actos violentos contra personas o animales.
- Amenazas creíbles de violencia física dirigidas a una persona identificable o a colectivos.
3.2 Terrorismo, extremismo violento y discurso de odio
- Contenido que promueva, glorifique o facilite la actividad de organizaciones terroristas según las listas oficiales de la Unión Europea o de las Naciones Unidas.
- Material de reclutamiento, propaganda, financiación o instrucciones técnicas vinculadas a la actividad terrorista.
- Discurso de odio dirigido contra personas o colectivos por motivo de raza, etnia, origen nacional, religión, orientación sexual, identidad de género, discapacidad u otras características protegidas por la legislación antidiscriminatoria.
- Apología del nazismo, del fascismo o de cualquier otro régimen totalitario que haya sido condenado por crímenes contra la humanidad.
3.3 Conductas dirigidas contra menores fuera del CSAM
- Cualquier intento de contactar a menores con fines distintos a los socialmente legítimos.
- Compartir o solicitar datos personales de menores sin autorización de sus tutores legales.
- Cualquier comunicación con menores que manifieste contenido sexualizado, aunque no constituya CSAM en sentido estricto.
3.4 Suplantación de identidad y fraude
- Hacerse pasar por otra persona física, profesional, empresa, institución o autoridad pública.
- Crear cuentas con identidad falsa o robada.
- Realizar phishing, vishing, ingeniería social o cualquier técnica de obtención fraudulenta de credenciales o datos sensibles.
- Promover esquemas piramidales, esquemas Ponzi, "oportunidades de inversión" garantizadas, criptomonedas con promesas de rentabilidad fija o cualquier modalidad de fraude financiero.
- Falsificar la profesión, los títulos, los certificados o las credenciales propias para captar Clientes en el Módulo de Pagos.
3.5 Contenido protegido por derechos de propiedad intelectual de terceros
- Compartir, vender o redistribuir obras protegidas por derechos de autor sin autorización del titular (películas, series, música, software, libros, fotografías, etc.).
- Entregar, en encargos personalizados o suscripciones, contenido apropiado de terceros sin licencia.
- Vulnerar marcas registradas, secretos empresariales o derechos de imagen de terceros sin autorización.
dScrt aplica un procedimiento específico para denuncias por infracción de propiedad intelectual descrito en la Sección 6.
3.6 Servicios y bienes ilegales
- Comercializar, ofrecer o publicitar drogas ilegales, sustancias psicotrópicas o estupefacientes prohibidos.
- Comercializar armas de fuego, armas blancas reguladas, explosivos, munición, material táctico restringido o sus componentes esenciales.
- Comercializar medicamentos sujetos a prescripción médica, productos farmacéuticos no autorizados o productos sanitarios no certificados.
- Ofrecer servicios profesionales regulados sin la titulación o habilitación legalmente exigida (medicina, abogacía, asesoría fiscal, arquitectura, etc.).
- Realizar actividades reservadas a entidades financieras sin la autorización correspondiente: captación de depósitos, gestión de patrimonios, asesoramiento financiero personalizado, intermediación de pagos a terceros, etc.
- Promover el juego de apuestas no autorizado o ajeno a las plataformas legalmente registradas.
- Ofrecer servicios sexuales presenciales (prostitución), proxenetismo o trata de seres humanos.
- Ofrecer gestación subrogada comercial cuando sea ilegal en la jurisdicción de las partes.
- Cualquier otro bien o servicio cuya comercialización requiera autorización administrativa que el ofertante no pueda acreditar.
3.7 Privacidad de terceros
- Difundir datos personales identificativos de terceros sin su consentimiento ("doxxing").
- Difundir contenido íntimo (imágenes o vídeos sexuales o de naturaleza similar) sin el consentimiento de la persona representada, incluyendo el conocido como "revenge porn".
- Grabar, capturar o difundir conversaciones privadas con terceros sin su conocimiento, cuando ello vulnere la legislación de la jurisdicción aplicable.
- Difundir deepfakes de naturaleza sexual o degradante sobre personas reales identificables sin su consentimiento.
3.8 Spam, manipulación y abuso técnico
- Enviar mensajes masivos no solicitados (spam) a usuarios con los que no hay relación previa real.
- Crear cuentas múltiples por una misma persona con cualquier finalidad.
- Inflar artificialmente el rendimiento de un Proveedor mediante cuentas controladas, valoraciones falsas o pagos auto-cruzados.
- Realizar scraping automatizado del servicio, intentar acceder a partes no autorizadas del sistema, distribuir software malicioso o ejecutar ataques contra la infraestructura.
- Eludir o intentar eludir mecanismos de seguridad, geo-restricciones, suspensiones de cuenta o el sistema de patrón.
- Saturar el sistema interno de denuncias o disputas con reclamaciones manifiestamente infundadas o repetitivas.
3.9 Otros usos ilícitos
- Cualquier conducta que constituya delito conforme a la legislación española aplicable o a la legislación del país de residencia del usuario o del destinatario, en lo que sea aplicable.
- El blanqueo de capitales o la financiación de actividades ilícitas a través del Módulo de Pagos.
- La elusión de sanciones internacionales vigentes (UE, ONU, OFAC).
- Cualquier comportamiento que vulnere derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea o en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Sección 4 — Canal de denuncias y notificación de contenido ilícito (DSA art. 16)
4.1 Mecanismos disponibles
Cualquier persona, sea o no usuaria del servicio, puede notificar a dScrt la presencia de contenido potencialmente ilícito a través de los siguientes mecanismos:
- Botón "Reportar" disponible en cada mensaje de la aplicación. Para acceder al botón, el usuario debe mantener pulsado el mensaje y seleccionar la opción correspondiente del menú.
- Correo electrónico dirigido a denuncias@dscrt.app.
4.2 Información que debe contener la denuncia
Para que la denuncia pueda ser tramitada con la mayor diligencia, se solicita al denunciante que aporte, en la medida de sus posibilidades:
- Una explicación motivada de los motivos por los que considera que el contenido es ilícito.
- La identificación del contenido denunciado (referencia del mensaje, conversación o usuario).
- La identificación del denunciante (nombre, correo electrónico de contacto). El denunciante puede solicitar que se mantenga su identidad confidencial frente a la persona denunciada, salvo cuando la cooperación con autoridades exija lo contrario.
- Una declaración de buena fe de que la información facilitada es veraz y completa.
Las denuncias anónimas también se procesarán cuando aporten elementos suficientes para su revisión, especialmente en los casos de CSAM, donde la prioridad es la protección del menor.
4.3 Acuse de recibo y plazo de respuesta
dScrt remite acuse de recibo electrónico automático de cada denuncia recibida y se compromete a comunicar al denunciante la decisión adoptada en un plazo orientativo de veinticuatro a setenta y dos (24-72) horas desde la recepción, salvo en los casos siguientes:
- CSAM: prioridad absoluta. Plazo orientativo de 24 horas.
- Casos complejos que requieran investigación adicional: plazo prorrogable hasta siete (7) días naturales, con notificación al denunciante de la prórroga.
4.4 Acción y motivación de la decisión (DSA art. 17)
dScrt comunica al denunciante y, cuando proceda, al usuario denunciado, la decisión motivada adoptada, indicando:
- Si se ha procedido a la retirada del contenido, suspensión de la cuenta, escalado a autoridades, o desestimación de la denuncia.
- Los motivos de hecho y de derecho de la decisión.
- Los mecanismos disponibles para impugnar la decisión (Sección 5 de esta Política).
4.5 Trusted Flaggers (DSA art. 22)
Las denuncias procedentes de alertadores fiables (Trusted Flaggers) acreditados conforme al artículo 22 del DSA recibirán tratamiento prioritario por parte de dScrt, en los términos previstos en dicho artículo.
4.6 Cooperación con autoridades
Las solicitudes formales de retirada de contenido procedentes de autoridades judiciales o administrativas competentes se tramitan con la prioridad que su naturaleza requiera, conforme al artículo 9 del DSA.
Sección 5 — Sistema interno de gestión de reclamaciones (DSA art. 20)
5.1 Derecho de impugnación
El usuario destinatario de una decisión de moderación adoptada por dScrt (retirada de contenido, suspensión de cuenta, rechazo de denuncia, etc.) tiene derecho a impugnar dicha decisión mediante el sistema interno de reclamaciones, sin coste y por un plazo de seis (6) meses desde la notificación de la decisión, conforme al artículo 20 del DSA.
5.2 Canal de impugnación
La impugnación se canaliza a través de legal@dscrt.app, indicando:
- Identificación del usuario y de la decisión impugnada.
- Motivos de hecho y de derecho de la impugnación.
- Cualquier evidencia adicional que el usuario considere relevante.
5.3 Revisión humana
Las impugnaciones son revisadas por personal cualificado del equipo de dScrt distinto del que adoptó la decisión inicial, con plena capacidad para revertir, modificar o confirmar la decisión.
5.4 Plazo de resolución
dScrt resolverá la impugnación en un plazo orientativo de catorce (14) días naturales desde su recepción, comunicando la decisión motivada al usuario.
5.5 Resolución alternativa de litigios
Sin perjuicio del sistema interno de impugnación, el usuario puede acudir, en los términos del artículo 21 del DSA, a un órgano de resolución alternativa de litigios acreditado en su Estado miembro de residencia. dScrt cooperará de buena fe con dichos órganos.
Sección 6 — Procedimiento específico para denuncias por propiedad intelectual
6.1 Notificación
Las denuncias por infracción de derechos de propiedad intelectual o industrial se canalizan a legal@dscrt.app indicando:
- Identificación del titular del derecho o de su representante legalmente acreditado.
- Identificación de la obra protegida y descripción de los derechos.
- Localización del contenido infractor en dScrt.
- Declaración de buena fe del titular sobre la falta de autorización al usuario denunciado.
- Datos completos de contacto del titular o representante.
6.2 Acción
Recibida una denuncia razonablemente fundada, dScrt retirará el contenido sin demora indebida y notificará al usuario denunciado, indicándole los mecanismos de impugnación.
6.3 Contradenuncia del usuario denunciado
El usuario denunciado puede presentar contradenuncia mediante el sistema interno de reclamaciones (Sección 5), aportando evidencias de su titularidad, licencia o uso amparado por los límites legales (cita, parodia, copia privada, etc.).
6.4 Reincidencia (política de "infractor reincidente")
dScrt aplicará una política de suspensión de cuentas reincidentes en infracciones de propiedad intelectual razonablemente acreditadas, conforme a las mejores prácticas internacionales (notice-and-takedown).
Sección 7 — Consecuencias del incumplimiento
7.1 Catálogo de medidas
En función de la gravedad, intencionalidad, reiteración y naturaleza del incumplimiento, dScrt podrá adoptar, de forma escalonada o directa, las siguientes medidas:
- Advertencia formal al usuario, con notificación del incumplimiento detectado.
- Retirada de contenido específico que infrinja la Política.
- Restricción funcional temporal: limitación de funcionalidades concretas (mensajería en grupos, Módulo de Pagos, llamadas, etc.).
- Suspensión temporal de la cuenta por un periodo determinado.
- Suspensión permanente de la cuenta con eliminación de los datos asociados, conforme al régimen de la Cláusula 13 de los Términos y Condiciones.
- Desactivación del rol de Proveedor, con liquidación de los importes pendientes conforme a los Términos para Proveedores.
- Reporte a las autoridades competentes cuando el incumplimiento pueda constituir delito o infracción administrativa.
7.2 Criterios de proporcionalidad
dScrt aplica las medidas anteriores conforme a criterios de proporcionalidad y graduación, atendiendo a:
- La gravedad objetiva del contenido o conducta.
- La intencionalidad del usuario.
- La reincidencia.
- El daño causado o potencial.
- La cooperación del usuario en la subsanación.
7.3 Excepción CSAM
En los casos relativos a material de abuso sexual a menores, no se aplica gradualidad alguna: la medida es la suspensión inmediata y el reporte a las autoridades, conforme a la Sección 2 de esta Política.
7.4 Notificación al usuario
Toda medida adoptada se notifica al usuario con explicación motivada, salvo en los supuestos en que la cooperación con autoridades exija lo contrario.
7.5 Apelación
El usuario puede impugnar cualquier medida mediante el sistema interno de reclamaciones (Sección 5).
Sección 8 — Reportes anuales de transparencia (DSA art. 24)
dScrt publica anualmente, en https://dscrt.app/transparency, un reporte de transparencia con información agregada y anonimizada sobre la aplicación de esta Política durante el ejercicio anterior, que comprenderá, como mínimo:
- Número total de denuncias recibidas, desglosado por categoría de motivo.
- Tiempo medio de respuesta y de resolución.
- Número de medidas adoptadas, desglosado por tipo (retiradas, suspensiones, escalados, etc.).
- Número de impugnaciones recibidas y su resultado.
- Número de cooperaciones con autoridades.
- Cualquier otro dato exigido por el DSA o sus desarrollos posteriores.
El reporte se publica antes del 17 de febrero de cada año, conforme al calendario establecido por la Comisión Europea.
Sección 9 — Coordinación con la Política de Privacidad y conservación de evidencias
9.1 Tratamiento de datos en la moderación
El tratamiento de datos personales en el marco de la moderación se rige por la Política de Privacidad, en particular por sus Secciones 2.8 (datos de denuncias), 3.5 (finalidad de moderación) y 11 (CSAM).
9.2 Plazos de conservación de evidencias
Las evidencias de denuncias, decisiones de moderación y bloqueos se conservan conforme a los plazos descritos en la Sección 6.1 de la Política de Privacidad, con especial atención a:
- Evidencias CSAM: 12 meses tras la denuncia (artículo 17.3.b RGPD).
- Denuncias y decisiones generales: indefinidamente, con fines de auditoría DSA y trazabilidad de reincidencias.
- Logs de moderación: 12 meses.
9.3 Acceso del personal
Únicamente el personal autorizado del responsable accede a las evidencias preservadas, con trazabilidad de cada consulta.
Sección 10 — Modificaciones de esta Política
dScrt podrá modificar esta Política para adaptarla a cambios legales, tecnológicos o de funcionalidad. Las modificaciones que afecten sustancialmente a los derechos del usuario o a la calificación del contenido prohibido se considerarán cambios MAYORES y se notificarán con un mínimo de treinta (30) días naturales de antelación a su entrada en vigor.
dScrt mantiene el histórico íntegro de versiones, accesible desde Settings > Legal y Privacidad y desde https://dscrt.app/content-policy.
Sección 11 — Disposiciones finales
11.1 Ley aplicable
La presente Política se rige por la legislación española y, en lo aplicable, por la normativa de la Unión Europea.
11.2 Jurisdicción
Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Elche (Alicante), sin perjuicio de la competencia que la legislación tuitiva del consumidor atribuya al Juzgado del domicilio del usuario.
11.3 Idioma
La presente Política se publica en español como idioma de redacción original. Las traducciones se ofrecen como servicio de cortesía. En caso de discrepancia, prevalecerá la versión en español.
11.4 Nulidad parcial
Si alguna disposición fuera declarada nula o ineficaz, dicha nulidad afectará exclusivamente a la disposición concernida.
11.5 Contacto
Versión 2.0 — Fecha de entrada en vigor: [pendiente de fijar en la publicación].
Responsable del servicio: Ramón Sánchez Serrano. NIF 74.224.858-V. Calle Velarde 41, 03203 Elche (Alicante), España.